Las funciones de la higienista dental 


A grandes rasgos, el higienista dental es el titulado de formación profesional de grado superior que tiene como atribuciones, en el ámbito de promoción de la salud y la educación sanitaria bucodental, la recogida de datos, la realización de exámenes de salud, el consejo de medidas higiénicas y preventivas, individuales y colectivas, y la colaboración en estudios epidemiológicos.


Funciones


Real Decreto 1594/1994 (BOE Núm. 215 de 8 de septiembre de 1994).


La Ley 10/1986, de 17 de marzo (RCL 1986, 862) reguló en su día la materia de salud dental para toda la población mediante la formación de un grupo de profesionales más amplio y diferenciado. A raíz de esta ley, el Real Decreto desarrolló la profesión de higienista dental en los siguientes artículos:


Artículo 10


El higienista dental es el titulado de formación profesional de grado superior que tiene como atribuciones, en el campo de promoción de la salud y la educación sanitaria bucodental, la recogida de datos, la realización de exámenes de salud, el consejo de medidas higiénicas y preventivas, individuales y colectivas, y la colaboración en estudios epidemiológicos.


Los higienistas dentales podrán, asimismo, y como ayudantes y colaboradores de los facultativos médicos y odontólogos, realizar las funciones técnico-asistenciales que se determinen en el artículo 11.2.


Artículo 11


En materia de salud pública, los higienistas dentales podrán desarrollar las siguientes funciones:


  1. Recoger datos referentes al estado de la cavidad oral para la utilización clínica o epidemiológica.
  2. Practicar la educación sanitaria de manera individual o colectiva, instruyendo sobre la higiene bucodental y las medidas de control dietético necesarias para la prevención de procesos patológicos bucodentales.
  3. Controlar las medidas de prevención que los pacientes hagan.
  4. Realizar exámenes de salud bucodental de la comunidad.


En materia técnico-asistencial, los higienistas dentales podrán desarrollar las siguientes funciones:


  1. Aplicar fluoruros tópicos en las diferentes formas.
  2. Colocar y retirar hilos retractores.
  3. Colocar selladores de fisuras con técnicas no invasivas.
  4. Realizar el pulido de obturaciones eliminando los eventuales excesos.
  5. Colocar y retirar el dique de goma.
  6. Eliminar cálculos y tinciones dentales y realizar detartrajes y pulidos.


Los higienistas dentales desarrollarán las funciones señaladas como ayudantes y colaboradores de los Facultativos Médicos y Odontólogos, excluyendo de las funciones la prescripción de prótesis o tratamientos, la dosificación de medicamentos, la extensión de recetas, la aplicación de anestésicos y la realización de procedimientos operatorios o restauradores.