Las funciones de la higienista dental
A grandes rasgos, el higienista dental es el titulado de formación profesional de grado superior que tiene como atribuciones, en el ámbito de promoción de la salud y la educación sanitaria bucodental, la recogida de datos, la realización de exámenes de salud, el consejo de medidas higiénicas y preventivas, individuales y colectivas, y la colaboración en estudios epidemiológicos.
Funciones
Real Decreto 1594/1994 (BOE Núm. 215 de 8 de septiembre de 1994).
La Ley 10/1986, de 17 de marzo (RCL 1986, 862) reguló en su día la materia de salud dental para toda la población mediante la formación de un grupo de profesionales más amplio y diferenciado. A raíz de esta ley, el Real Decreto desarrolló la profesión de higienista dental en los siguientes artículos:
Artículo 10
El higienista dental es el titulado de formación profesional de grado superior que tiene como atribuciones, en el campo de promoción de la salud y la educación sanitaria bucodental, la recogida de datos, la realización de exámenes de salud, el consejo de medidas higiénicas y preventivas, individuales y colectivas, y la colaboración en estudios epidemiológicos.
Los higienistas dentales podrán, asimismo, y como ayudantes y colaboradores de los facultativos médicos y odontólogos, realizar las funciones técnico-asistenciales que se determinen en el artículo 11.2.
Artículo 11
En materia de salud pública, los higienistas dentales podrán desarrollar las siguientes funciones:
- Recoger datos referentes al estado de la cavidad oral para la utilización clínica o epidemiológica.
- Practicar la educación sanitaria de manera individual o colectiva, instruyendo sobre la higiene bucodental y las medidas de control dietético necesarias para la prevención de procesos patológicos bucodentales.
- Controlar las medidas de prevención que los pacientes hagan.
- Realizar exámenes de salud bucodental de la comunidad.
En materia técnico-asistencial, los higienistas dentales podrán desarrollar las siguientes funciones:
- Aplicar fluoruros tópicos en las diferentes formas.
- Colocar y retirar hilos retractores.
- Colocar selladores de fisuras con técnicas no invasivas.
- Realizar el pulido de obturaciones eliminando los eventuales excesos.
- Colocar y retirar el dique de goma.
- Eliminar cálculos y tinciones dentales y realizar detartrajes y pulidos.
Los higienistas dentales desarrollarán las funciones señaladas como ayudantes y colaboradores de los Facultativos Médicos y Odontólogos, excluyendo de las funciones la prescripción de prótesis o tratamientos, la dosificación de medicamentos, la extensión de recetas, la aplicación de anestésicos y la realización de procedimientos operatorios o restauradores.